Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: que la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland solicita la aprobación de nuevos precios de venta para los
alcoholes y bebidas que menciona;
Considerando: que razones de costos y mercado llevaron a dicho Ente a
fijar los nuevos precios;
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
lo dispuesto por el inciso f), del Art. 3 de la Ley Nº 8.764 del 15 de
octubre de 1931, modificado por la Ley Nº 15.132 del 20 de agosto de 1982;
El Presidente de la República
DECRETA:
Se aprueban los siguientes precios de venta a partir de la hora cero
del día 22 de Julio de 1993 para los alcoholes y bebidas que elabora la
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, que se
detallan a continuación: (*)