Los créditos que se asignan al Inciso en los Renglones-derivados 069.305
"Compensación por mayor responsabilidad y especialización" y 069.306
"Equiparación salarial" en el ejercicio 1998, podrán utilizarse hasta un
importe máximo de $ 1.255.000.- (pesos uruguayos un millón doscientos
cincuenta y cinco mil), a valores del 31 de diciembre de 1997, se
transferirán al Programa 001 "Administración Superior", y se
distribuirán, entre los funcionarios titulares de cargos o funciones
contratadas del Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería".
(*)