Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A) del mes de
octubre de 1998 en $ 181,96 (pesos uruguayos ciento ochenta y uno con
96/100).-