APLICACION DEL REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE METODOLOGIAS ANALITICAS DE REFERENCIA PARA CONTROL DE ENVASES EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS - RESOLUCION GMC 32/99




Promulgación: 23/09/2004
Publicación: 30/09/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 762
VISTO: la resolución N° 32/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por 
la que se aprobó el documento "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre 
Metodologías Analíticas de Referencia para Control de Envases y 
Equipamientos en Contacto con Alimentos";

CONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional 
al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR - 
Protocolo de Ouro Preto- aprobado por la Ley No.16.712 de 1° de setiembre 
de 1995, respecto de que los Estados parte se comprometen a adoptar todas 
las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el 
cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes 
previstos en el artículo 2° del referido Protocolo;

II) lo informado por la División Jurídico-Notarial y la División 
Productos de Salud del Ministerio de Salud Pública;

ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1° y siguientes de la Ley No. 
9.202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Declárase aplicable en el derecho interno el documento denominado 
"Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Metodologías Analíticas de Referencia 
para Control de Envases y Equipamientos en Contacto con Alimentos" 
aprobado por la resolución N° 32/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, 
que figura como Anexo y forma parte del presente Decreto. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

HIERRO LOPEZ - MILTON PESCE - DIDIER OPERTTI - JOSE VILLAR
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