APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2014




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 25/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1776
Referencias a toda la norma

Artículo 38

 Facúltase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland a contratar personal para suplir ausencias temporarias en la
tripulación de sus embarcaciones, mediante contratos de trabajos de hasta
seis meses de duración.
A estos efectos el Directorio de ANCAP convocará a personas inscriptas en
un Registro de Aspirantes a Suplentes que se integrará mediante llamado
público con personas que reúnan las condiciones requeridas para cumplir
esas tareas. Dicho Registro se actualizará cada dos años.
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