Visto: el decreto 165/977, respecto a prohibición de exportación de
sebos y grasas.
Considerando: que se mantienen en todos sus términos las
condicionantes que motivaron la prohibición de exportación de sebos y
grasas, permitiendo la atención del consumo interno.
Atento: a lo establecido en la ley 10.940, de 19 de setiembre de
1947,
El Presidente de la República
DECRETA:
Prorrógase la vigencia del decreto 165/977, de 23 de marzo de 1977, que
prorrogó el decreto 615/976, de fecha 23 de setiembre de 1976, referente a
la prohibición de exportación de sebos y grasas crudos (sin
industrializar), hasta el día 30 de setiembre de 1977.