Este gasto se destinará a atender pagos por concepto de subsidio
(compensación) por los boletos - abono gratuitos para estudiantes de
primer ciclo de Enseñanza Media Pública y boletos - abono bonificados
para estudiantes de primer y segundo ciclo privados, segundo ciclo de
Enseñanza Media Pública y Enseñanza Superior pública y privada
habilitada. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 82/006 de 09/03/2006 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 350/005 de 27/09/2005 artículo 2.