FIJACION DE PRECIOS PARA PROPANO INDUSTRIAL Y PROPANO REDES DE ANCAP. SETIEMBRE 2002




Promulgación: 29/08/2002
Publicación: 12/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 510
VISTO: I) El Oficio No. 214-2002-D, de fecha 29 de agosto de 2002, 
enviado por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y 
Portland (ANCAP), por el que solicita la fijación de precios de los 
productos Propano Industrial y Propano Redes.

II) Que el precio del Propano fue fijado en dólares de los Estados Unidos 
de Norteamérica a solicitud de los sectores consumidores industriales.

CONSIDERANDO: Que el cambio operado en la política cambiaria significa un 
apartamiento de la evolución del precio de dicho combustible en relación 
a la evolución del precio del resto de los combustibles derivados del 
petróleo.
Que de mantener el sistema actual se podrían producir distorsiones en los 
precios relativos de los diferentes combustibles, por lo que se infiere 
la conveniencia de la fijación de precios en moneda nacional.

RESULTANDO: Los fundamentos que llevaron a dicho Ente para fijar los 
nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado Oficio y no 
merecen objeciones del Poder Ejecutivo.

ATENTO: A lo dispuesto por el literal f), del artículo 3o.) de la Ley No. 
8.764, de 15 de octubre de 1931, en la redacción dada por el artículo 
1o.) del Decreto-Ley No. 15.312, de fecha 20 de agosto de 1982,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Se aprueban los siguientes precios máximos de venta para el Propano 
Industrial y Propano Redes fijados por el Directorio de la Administración 
Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en 
vigencia a partir de la hora cero del 9 de setiembre de 2002.
a) Propano Industrial $ 15.100 (quince mil cien pesos uruguayos).
b) Propano Redes $ 15.100 (quince mil cien pesos uruguayos).

Artículo 2

 Estos precios son por tonelada y no incluyen el Impuesto al Valor 
Agregado el que se cargará en factura.

Artículo 3

 Estos productos serán comercializados únicamente a clientes que cuenten 
con instalaciones adecuadas y consuman como mínimo 180 toneladas 
anuales.

Artículo 4

 Los precios fijados para el Propano Industrial y Propano Redes son para 
el producto entregado en la Planta de ANCAP de La Tablada y en las 
condiciones establecidas.

Artículo 5

 Comuníquese, publíquese, etc..

BATLLE - SERGIO ABREU - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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