Considéranse comprendidas en lo previsto por el Art. 185 de la ley Nº
16.226, de 29 de octubre de 1991, las Unidades Ejecutoras 004 "Dirección
de Suelos y Aguas" y 005 "Dirección Forestal" del Programa 03 "Recursos
Naturales Renovables", en cuanto a los cometidos y atribuciones que le
fueran asignados por la racionalización presupuestal aprobada por el
decreto Nº 545/993, de 26 de noviembre de 1993.