REGLAMENTACION RELATIVA A LA REGULACION, HABILITACION Y FISCALIZACION QUE OFREZCAN SERVICIOS DE CUIDADOS A PERSONAS MAYORES




Promulgación: 07/11/2016
Publicación: 14/11/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 518.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO IX - INGRESOS

Artículo 48

   Deberes de residentes y usuarios. Las personas que residan o sean usuarias de los establecimientos y servicios a que refiere el presente Decreto, tendrán el deber de respetar los derechos y necesidades de otros residentes o usuarios y las necesidades del establecimiento en tanto lugar de convivencia.
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