Capítulo I - Red Interinstitucional para la Elaboración de Informes y seguimiento de la implementación de recomendaciones y observaciones en materia de Derechos Humanos
Artículo 3
De acuerdo a la temática que deba ser abordada, el Ministerio de Relaciones Exteriores podrá invitar a participar de esta Red a otros organismos públicos competentes en razón de materia, incluyendo organismos de creación constitucional, oficinas dependientes de la Presidencia de la República, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales y el Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario, sin perjuicio de que estos organismos puedan manifestar su interés de ser parte en algún proceso en particular.