MODIFICACION DE LOS DECRETOS 148/007, 149/007 Y 150/007, EN LO RELATIVO AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE: LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS, LAS PERSONAS FISICAS Y LOS NO RESIDENTES, Y DEROGACION DE INCISO SEGUNDO, LITERAL C) DEL ART. 23 DEL DECRETO 149/007




Promulgación: 13/02/2017
Publicación: 23/02/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Ley N° 19.438 de 14 de octubre de 2016, de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2015, y el Capítulo IIII de la Ley N° 19.484 de 5 de enero de 2017.

   RESULTANDO: I) que los artículos 158 y siguientes de la norma referida en primer término contienen disposiciones tributarias.

   II) que el artículo 171 de la Ley N° 19.438 de 14 de octubre de 2016, incorporó al artículo 14 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, una tasa incrementada del impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) aplicable a las rentas obtenidas por entidades residentes, domiciliadas, constituidas o ubicadas en países o jurisdicciones de baja o nula tributación o que se beneficien de un régimen especial de baja o nula tributación.

   III) que el artículo 55 de la norma referida en segundo término, estableció una tasa complementaria del IRNR aplicable a las rentas obtenidas por las citadas entidades, cuando provengan de bienes inmuebles situados en territorio nacional, así como disposiciones específicas en relación a la determinación del monto imponible.

   CONSIDERANDO: que resulta necesario reglamentar las citadas disposiciones.

   ATENTO: a lo expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                                 DECRETA:

                                CAPÍTULO I
           IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS

CAPÍTULO I
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007 
artículos 31 inciso 4º) y 31 inciso 3º).

   RAÚL SENDIC - PABLO FERRERI
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