EXCEPCION A LA PROHIBICION ESTABLECIDA EN EL ART. 1° DEL DECRETO 447/007, RELATIVO A LA RENOVACION DEL PARQUE AUTOMOTRIZ




Promulgación: 18/12/2017
Publicación: 10/01/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: Lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 447/007, de fecha 19 de noviembre de 2007.

   RESULTANDO: Que la citada disposición establece la prohibición de toda renovación del parque automotriz, que implique egreso de caja, cualquiera fuere la fuente de financiamiento, con excepción del correspondiente a los tributos que gravan la importación, así como los precios o tarifas que deben abonarse como consecuencia de la importación.

   CONSIDERANDO: I) Que resulta necesario renovar el parque automotriz del Ministerio de Turismo, sin el cual se hace imposible cumplir con los objetivos, acciones programadas y nuevos cometidos del Inciso 09, en cuanto a consolidar la presencia institucional del Ministerio de Turismo en todo el País, con motivo del proceso de descentralización que viene llevando adelante y que implica desplazamiento en el territorio.

   II) Que desde el año 2006 se viene realizando el recambio de la flota con costo cero para el Estado y manteniéndose desde ese año el mismo número de vehículos (7), los que realizan un promedio mensual por unidad de 4.500 kilómetros, por lo cual se hace necesario renovar y aumentar la flota en un vehículo más.

   III) Que se cuenta con los fondos para hacer frente a los gastos generados por la adquisición y renovación de la flota automotriz.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el Decreto N° 447/007, de fecha 19 de noviembre de 2007.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Exceptúese de la prohibición establecida en el artículo 1° del Decreto N° 447/007, de fecha 19 de noviembre de 2007, en los ejercicios 2017 y 2018, al Inciso 09 "Ministerio de Turismo".

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - JORGE MENÉNDEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - CAROLINA COSSE - NELSON LOUSTAUNAU - JORGE BASSO - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - ENEIDA de LEÓN - MARINA ARISMENDI
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