VISTO: que se ha detectado la presencia, en parte del territorio
nacional, del mosquito Aedes Aegypti, transmisor de enfermedades tales
como el dengue y la fiebre amarilla;
RESULTANDO: que por tal motivo deviene indispensable fijar estrategia,
definir acciones de prevención y requerir la colaboración de organismos
públicos y privados vinculados a esta problemática, con la finalidad de
prevenir la propagación de las enfermedades referidas;
CONSIDERANDO: I) que por ello resulta conveniente crear un Comité
Interministerial de Control de Aedes Aegypti, con la finalidad de
realizar acciones conjuntas tendientes a lograr una mayor eficiencia y
eficacia en la materia;
II) lo informado por las Divisiones Epidemiología y Jurídico Notarial del
Ministerio de Salud Pública;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 2º, concordantes y modificativos
de la Ley Nº 9.202 -Orgánica de Salud Pública- de 12 de enero de 1934;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Créase el Comité Interministerial de Control de Aedes Aegypti, el cual
se integrará con un representante de cada uno de los Ministerios
integrantes del Poder Ejecutivo y será presidido por el correspondiente
al Ministerio de Salud Pública.
Será cometido de este Comité:
a) Intensificar la programación de las medidas que permitan controlar
la dispersión del vector y prevenir la enfermedad.
b) Coordinar las acciones a desarrollar en la materia a cuyos efectos
se establece la obligatoriedad de la totalidad de los Ministerios
integrantes del Poder Ejecutivo de colaborar, mediante el aporte de
recursos personales y materiales, en la ejecución de las medidas que
el Comité disponga, dentro del ámbito de sus respectivas competencias.
c) A los efectos mencionados el Comité podrá invitar a los fines de
su integración, a que las Intendencias Municipales, Facultad de
Medicina y otros organismos públicos designen representantes.
d) Proponer al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud
Pública, todas las medidas necesarias con la finalidad de obtener la
participación de las organizaciones públicas y privadas y de los
sectores de la población indispensables para las campañas a
ejecutarse.
SANGUINETTI - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - LUIS MOSCA - JUAN LUIS
STORACE - YAMANDU FAU - LUCIO CACERES - JULIO HERRERA - ANA LIA PIÑEYRUA -
GUSTAVO GIUSSI - LUIS BREZZO - BENITO STERN - BEATRIZ MARTINEZ