El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Decreto de fecha 29 de diciembre de 2020, que aprueba a partir del 1° de enero de 2021 un el ajuste promedial de 6,5% (seis con cinco por ciento) del precio de las tarifas de servicios de agua potable y saneamiento a cargo de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado;
RESULTANDO I) que el citado Decreto encomienda a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (O.S.E.) a distribuir en forma proporcional el porcentaje de aumento dispuesto entre sus diferentes productos;
II) que la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (O.S.E.) remitió su Anexo "Decreto Tarifario Enero 2021" que se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto;
CONSIDERANDO: que el incremento tarifario del 6,5% (seis con cinco por ciento) presentado por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, se ha ajustado a las necesidades de la Administración;
ATENTO: a lo dispuesto por el Artículo 110, Inciso "b" de la Ley N° 11.907 del 19/XII/52;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébanse las siguientes tarifas y demás normas jurídicas vinculadas a la facturación y pago de los servicios de agua potable, saneamiento convencional, y demás productos y servicios prestados por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (O.S.E.), contenida en el Anexo que se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto.-
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 369/020 de
30/12/2020.