MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR




Promulgación: 07/02/2020
Publicación: 21/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: el Decreto N° 410/016, de fecha 26 de diciembre de 2016.

   RESULTANDO: I) que el referido Decreto, incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común.

   II) que para los bienes de capital (BK) que no cuentan con producción nacional se estableció una Tasa Global Arancelaria extra-zona de 2% (dos por ciento), mientras que para un listado de bienes de capital con producción nacional se estableció como Tasa Global Arancelaria extra-zona el nivel del Arancel Externo Común.

   CONSIDERANDO: que es conveniente introducir modificaciones en el listado de bienes de capital con producción nacional, debido a que se detectó y verificó la existencia de producción nacional de calidad y en las cantidades adecuada para abastecer al mercado doméstico en dos ítems arancelarios clasificados como bienes de capital.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 12.670 de 17 de diciembre de 1959 y por el artículo 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Incorporar a la Lista de Bienes de Capital, establecida por el literal B) del artículo 4° y el Anexo IV del Decreto N° 410/016, de 26 de diciembre de 2016, los siguientes ítems arancelarios de la Nomenclatura Común del MERCOSUR: 8474.90.00 exclusivamente para placa de trituración, placa o barra de impacto para rotor, revestimiento o forro antidesgaste, y soportes y placas de desgaste; y 9406.90.20; que tributarán una Tasa Global Arancelaria extra-zona de 14% (catorce por ciento).

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 21/02/2020.

Artículo 2

   Dese cuenta a la Asamblea General. 

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - RODOLFO NIN NOVOA - OLGA OTEGUI
Ayuda