La unidad ejecutora a que alude el artículo 1º de este decreto, estará
dirigida por el Director Nacional de la Función Pública.
El colaborador inmediato del Director Nacional será el Subdirector
Técnico. Dependerán de la Dirección:
3 (tres) Divisiones Técnicas
1 (una) Asesoría Letrada
1 (una) División Administrativa