Corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en materia de
programa de becas:
a) la difusión en razón de las materias de que traten y la comunicación al
organismo competente;
b) la selección de candidatos conforme a los méritos presentados y a los
demás requisitos regulados en el estatuto del becario, cuando la beca se
relacione con las competencias de diversos organismos;
c) el contralor de las formalidades establecidas en el estatuto del
becario;
d) llevar un registro de becarios.