Para cumplir las tareas de coordinación que le asigna este decreto, la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto se comunicará directamente con
todos los organismos públicos y organizaciones privadas. En el sector
educación lo hará a través de la Comisión Coordinadora de la Educación
establecida por el artículo 23 de la ley 15.739, de fecha 28 de marzo de
1985.