Los titulares de las explotaciones de producción apícola registradas,
deberán obligatoriamente actualizar sus datos una vez por año, mediante la
presentación de una Declaración Jurada, a través de la página web del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
La Dirección General de la Granja (DIGEGRA) del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca, controlará el cumplimiento de lo establecido en el
presente artículo. A dichos efectos, está facultada a realizar
inspecciones en los establecimientos de producción, a fin de verificar que
las Declaraciones Juradas se ajusten a la realidad, y que cumplan con la
normativa vigente.
Los productores que no presenten la Declaración Jurada dentro del período
establecido por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, cuyos
datos no se ajusten a la realidad, o que no cumplan con la normativa
vigente, serán pasibles de sanción, de acuerdo a lo establecido por el
artículo 285 de la ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, sin perjuicio de
las acciones penales que pudieren corresponder.