(Gobiernos departamentales). Exhórtase a los gobiernos departamentales a
cooperar con el sistema de retornabilidad y tratamiento previsto en el
presente, en especial, mediante la adopción de medidas de regulación y
control de la recolección y disposición de los residuos domiciliarios,
para asegurar la no inclusión entre los mismos, de baterías o acumulares
eléctricos de plomo y ácido, usadas o desechadas.