INCREMENTO DE CREDITO EN EL PLANILLADO ANEXO A LA LEY DE PRESUPUESTO Nº 17.296. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 26/09/2001
Publicación: 03/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 746
   VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Transporte y Obras 
Públicas, solicitando efectuar las correcciones de los errores y 
omisiones que se comprobaron en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, 
de 21 de febrero de 2001.-

   RESULTANDO: que se constató que en la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional se omitió la presupuestación de las partidas 
necesarias para financiar las obligaciones de la República en los 
estudios y proyectos relativos al Eje Vial para el Cono Sur.-

   CONSIDERANDO: que es necesario subsanar la referida omisión, modificando los créditos autorizados por el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, citada, a efectos de contemplar los mencionados gastos.-

   ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Increméntase, en el planillado anexo a la Ley de Presupuesto Nº 17.296, 
de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado para los años 2001 a 2004 
en el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", Programa 001 
"Administración General", Financiación 1.1 "Rentas Generales" en los 
siguientes objetos y por los importes que se indican:

OBJETO             IMPORTE EN $
199                         41.956,oo
299                        339.464,oo
        Total              381.420,oo

BATLLE - ALBERTO BENSION - LUCIO CACERES


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