Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
noviembre de 2010 en $ 471,41 (pesos uruguayos cuatrocientos setenta y uno
con cuarenta y un centésimos).