REGLAMENTACION DEL LIT. A) DEL ART. 102 DE LA LEY 19.121 Y ART. 7 DE LA
LEY 19.149, RELATIVO A LAS CONDICIONES DE CONTRATACION BAJO LA MODALIDAD
DE PROVISORIATO
Los contratados bajo el régimen de provisoriato recibirán la inducción
institucional a través de la Escuela Nacional de Administración Pública.
La participación será obligatoria.