VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay
correspondiente al ejercicio 2010;
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del
Banco de la República Oriental del Uruguay para el ejercicio 2010, de
acuerdo con el siguiente detalle (en Pesos Uruguayos):
CONCEPTO MONTO EN PESOS
1.- INGRESOS 12.310.126.000.oo
2.- EGRESOS 11.552.868.114.oo
2.1.- Egresos Operativos 9.812.642.140.oo
2.1.1.- Mano de Obra 5.228.748.000.oo
2.1.2.- Bienes y Servicios 4.583.894.140.oo
2.2.- Operaciones Financieras 1.050.725.974.oo
2.3.- inversiones 689.500.000.oo
3.- SUPERAVIT / DEFICIT 757.257.886.oo
Financiamiento 0.oo
4.- RESULTADO PRESUPUESTAL 757.257.886.oo