El Banco procederá a la supresión del 50% de las vacantes que se
produzcan por ascensos, por el último grado de cada escalafón. A tales
efectos comunicará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en un plazo
no mayor a los treinta días de ocurrida la supresión de las vacantes, los
cargos eliminados y sus créditos correspondientes.
Esta norma aplicará una vez implementadas las incorporaciones que se
realicen en cumplimiento de normas legales, disposiciones presupuestales
convenios laborales o concursos.