Los Tribunales de Concurso, estarán integrados por tres miembros
titulares y sus respectivos suplentes:
* el Jerarca del Inciso o quien éste designe, quien lo presidirá.
* un representante de los funcionarios, quien deberá ser funcionario
presupuestado del Inciso y ocupar un grado igual o superior al del cargo
a concursar y será elegido por los inscriptos al concurso respectivo
mediante voto secreto, siendo responsabilidad del respectivo Jerarca la
convocatoria pertinente.
* un miembro designado por los demás miembros del Tribunal, pudiendo
no tener la calidad ni condición de funcionario público.