Los Jerarcas de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional antes del
30 de setiembre y del 31 de marzo de cada año deberán resolver las
vacantes generadas en el primer semestre de ese año o en el segundo
semestre del año anterior respectivamente, que se someterán al mecanismo
de ascenso y dispondrán que su proceso de provisión deberá iniciarse en un
plazo no superior a los treinta días.