INSTRUMENTACION DE UN REGIMEN DE DEVOLUCION DE UNA PORCION DEL PRECIO DE LOS ARRENDAMIENTOS TEMPORARIOS DE INMUEBLES CON FINES TURISTICOS




Promulgación: 23/11/2012
Publicación: 30/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1499
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 Administradoras de propiedades - Obligación de informar.- Las entidades
administradoras de propiedades deberán suministrar mensualmente a la
Dirección General Impositiva, la información relativa a las operaciones
comprendidas en el presente régimen, que ésta les solicite.-
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