Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
octubre de 2013 en $ 668,41 (seiscientos sesenta y ocho pesos uruguayos
con 41/100).