APROBACION DEL PROYECTO DE FORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AGENCIA REGULADORA DE COMPRAS ESTATALES (ARCE)




Promulgación: 22/11/2023
Publicación: 06/12/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 5

   A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso primero del artículo anterior, serán comparadas las partidas percibidas por los funcionarios, en el Ministerio de Economía y Finanzas, con excepción de la partida dispuesta por el artículo 157 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, con las retribuciones del cargo a desempeñar en la Presidencia de la República. La diferencia resultante de la comparación se mantendrá como compensación personal al funcionario y en todos los casos se incrementará con los aumentos que establezca el Poder Ejecutivo para los salarios públicos.
   De la citada compensación deberán descontarse los incrementos por cambios en la tabla de sueldos, ascensos, aumento de grado o nivel del funcionario y compensaciones y partidas, cualquiera sea su financiación, que se abonen en la oficina de destino al momento de la incorporación o que se otorguen en el futuro. Los montos en que se abate la compensación personal, en virtud de los conceptos expuestos, se transferirán a los objetos del gasto correspondientes a dichos conceptos.
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