CREACION DE LA COMISION EJECUTIVA PARA LA ENAJENACION DE INMUEBLES Y VEHICULOS DEL ESTADO




Promulgación: 28/09/2002
Publicación: 04/10/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 992
Referencias a toda la norma

Artículo 10

 Los jerarcas de los incisos 02 al 15 otorgarán a la Comisión los 
mandatos correspondientes, con facultades suficientes para hacer efectiva 
la enajenación o arrendamiento de los bienes.
Exhortase a los Organismos comprendidos en los artículos 220º y 221º de 
la Constitución de la República a proceder de la misma forma.
Referencias al artículo
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