APROBACION DE REGLAMENTACION DE LA LEY 14.650, RELATIVA A MARINA MERCANTE DE BANDERA NACIONAL




Promulgación: 03/07/1978
Publicación: 17/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 9
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.650 de 12/05/1977.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - REGISTRO PUBLICO DE PROPIETARIOS Y ARMADORES

Artículo 1-21

 ARTICULO 21º (Expedición de certificados).- La inscripción en el Registro será gratuita. El registro expedirá los certificados de información a solicitud de cualquier interesado, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles de presentada la misma, y previo pago de las tasas establecidas para la expedición de certificados por la Escribanía de Marina.


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