VISTO: Lo dispuesto por el Decreto N° 163/996 de 2 de mayo de 1996 y
sus modificativos, Decretos 271/997 de 12 de agosto de 1997 y 253/000 de
31 de agosto de 2000, y Decreto 131/004 de 20 de abril de 2004, relativos
al dopaje en las competencias nacionales e internacionales.
CONSIDERANDO: Es conveniente modificar dichas normas a efectos de
ajustar las normas expresadas a la realidad deportiva y armonizar una
lucha igual contra el dopaje siguiendo las instrucciones que mundialmente
se promulgan y posibilitando un adecuado ejercicio de las facultades de
control del Ministerio de Deporte y Juventud.
ATENTO: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la ley N°
13.737 de fecha 9 de enero de 1969, Decreto 163/996 de fecha 2 de mayo de
1996, decreto 271/997 de fecha 12 de agosto de 1997, Decreto 316/998 de
fecha 3 de noviembre de 1998, Decreto 253/000 de fecha 31 de agosto de
2000, Decreto 183/003 de fecha 13 de mayo de 2003, Decreto 131/004 de
fecha 20 de abril de 2004,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 131/004 de 20/04/2004
artículos 10, 19, 27 y 38.