FIJACION DE CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. ENERO 2011




Promulgación: 22/12/2010
Publicación: 31/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1572
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 El incremento autorizado por el artículo 1° del presente decreto, literal
e), no podrá ser superior al que resulte de incrementar en 2.58% (dos con
cincuenta y ocho por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados
de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 336/010 de 10 de noviembre de
2010.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
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