El valor de la cuota salud del Fondo Nacional de Salud, Artículo 55° de
la Ley N° 18.211 de 5 de diciembre de 2007, así como el valor de la cuota
salud para los hijos de los asegurados entre 18 y 21 años a que se refiere
el Artículo 64° de dicha Ley, se incrementarán a partir del 1° de enero de
2011 de acuerdo al siguiente detalle:
a) valor de cápita base, un 2,62% (dos con sesenta y dos por ciento);
b) componente metas, un 3,47% (tres con cuarenta y siete por ciento).