(Contratación directa de dependientes).- Cuando la obra se lleve a cabo mediante la contratación de dependientes por el propio titular del inmueble, éste deberá inscribirse ante el Banco de Previsión Social en calidad de "Usuario de Servicio", con afiliación Industria y Comercio, así como contratar con el Banco de Seguros del Estado la correspondiente póliza de seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.