El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión del Ministerio de Defensa Nacional para crear una distinción al Mérito a ser otorgada por dicho Ministerio, a personalidades civiles y militares, que en virtud de sus destacados servicios y contribución al logro de objetivos en el marco de la Defensa Nacional, los haga acreedores del referido reconocimiento.
CONSIDERANDO: que se estima pertinente reconocer al personal militar y civil que sea merecedor de una distinción por contribuir a prestigiar y fortalecer la imagen del Ministerio de Defensa Nacional y de su ámbito de actuación.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido por el Decreto 113/003 de 25 de marzo de 2003 y a lo informado por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Crear la distinción al Mérito "Ministerio de Defensa Nacional", la que será otorgada al personal civil y militar que se determine, en virtud de sus destacados servicios y su contribución al logro de objetivos en el marco de la Defensa Nacional.
La mencionada distinción estará compuesta por dos categorías, según la secuencia que se detalla:
1. Categoría Gran Medalla: en color oro (acorde Anexo II Figura 1A), será otorgada a Ministros de Estado, Embajadores, Jefes de Estado Mayor de la Defensa, Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, nacionales o extranjeros, personalidades Civiles, así como a todo aquel que el Ministro de Defensa Nacional considere que por sus acciones lo hagan merecedor de tal distinción.
2. Categoría Medalla: en color plata (acorde Anexo II Figura 1B) será otorgada a Oficiales Generales de las Fuerzas Armadas, Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas, nacionales o extranjeros y personalidades Civiles, así como a todo aquel que el Ministro de Defensa Nacional considere que por sus acciones lo hagan merecedor de tal distinción.
Las referidas distinciones estarán compuestas por: medalla, encomienda, medalla para uso de uniforme de gala, barra y pin, acompañadas del Decreto de otorgamiento el que irá dentro de una carpeta en símil cuero color azul, tamaño A4, con esquineros interiores.
La distinción al Mérito "Ministerio de Defensa Nacional" tendrá las características que se detallan en los Anexos I y II , que se aprueban y forman parte del presente Decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 391/017 de
22/12/2017.