MINISTERIO DEL INTERIOR. JEFATURA DE POLICIA DE TREINTA Y TRES. FUNCIONARIOS POLICIALES. CARGOS




Promulgación: 18/08/2008
Publicación: 26/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 460
VISTO: El proyecto de modificaciones a la estructura de cargos de la
Unidad Ejecutora 022 "Jefatura de Policía de Treinta y tres", Programa 005
"Mantenimiento del orden interno - Interior", Inciso 04 - Ministerio del
Interior.

RESULTANDO: que el artículo 150 de la Ley 16.736 en su redacción dada por
el artículo 99 de la Ley Nº 17.930 de 23 de diciembre de 2005, faculta al
Inciso 04 - Ministerio del Interior a racionalizar el escalafón policial.

CONSIDERANDO: 1) que el proyecto mencionado es ajustado a derecho, por
cuanto encuadra perfectamente en el citado artículo y se cumplen las
exigencias impuestas por la norma en el sentido que: - no se incrementa el
crédito presupuestal, ni se lesionan derechos funcionales, en virtud que
en la provisión de los cargos se respeta estrictamente la lista de
prelación confeccionada por la Juntas Calificadoras de la Unidad y se
disminuye el total de cargos de la Unidad Ejecutora.

2) que resulta oportuno implementar lo expuesto precedentemente a nivel de
dicha Unidad Ejecutora y sólo para el sub escalafón administrativo.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 7º
de la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase la estructura de cargos de la Unidad Ejecutora 022 "Jefatura de
Policía de Treinta y Tres", Programa 005 "Mantenimiento del orden interno
- Interior", Inciso 04 - Ministerio del Interior como figura a
continuación:

POLICIA ADMINISTRATIVA - P.A.
    GRADO   Denominación             Total de Cargos
     10     COMISARIO                      1
     09     SUB COMISARIO                  1
     08     OFICIAL PRINCIPAL              1
     07     OFICIAL AYUDANTE               1
     06     OFICIAL SUB AYUDANTE           1
     05     SARGENTO PRIMERO               2
     04     SARGENTO                       2
     03     CABO                           3
     02     AGENTE DE PRIMERA              2
     01     AGENTE DE SEGUNDA              2
                      Total               16

POLICIA EJECUTIVA
    GRADO   Denominación             Total de Cargos
     11     COMISARIO INSPECTOR            6
     10     COMISARIO                      8
     09     SUB COMISARIO                 11
     08     OFICIAL PRINCIPAL              7
     07     OFICIAL AYUDANTE               8
     06 a   OFICIAL SUB AYUDANTE          10
     06 b   SUB OFICIAL MAYOR              6
     05     SARGENTO PRIMERO              12
     04     SARGENTO                      17
     03     CABO                          28
     02     AGENTE DE PRIMERA            124
     01     AGENTE DE SEGUNDA            236
                      Total              473

POLICIA ESPECIALIZADA - P.E.
    GRADO   Denominación             Total de Cargos
     06 b   OFICIAL SUB AYUDANTE           1
     05     SARGENTO PRIMERO               1
     04     SARGENTO                       2
     03     CABO                           2
     02     AGENTE DE PRIMERA              3
                      Total                9

POLICIA DE SERVICIO - P.S.
    GRADO   Denominación             Total de Cargos
     04     SARGENTO                       1
     03     CABO                           1
     01     AGENTE DE SEGUNDA              2
                      Total                4

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.

Artículo 2

 La estructura de cargos a que refiere el artículo precedente y la
correspondiente regularización tendrán vigencia a partir del 01 de febrero
de 2007.

Artículo 3

 Si la estructura de cargos de Junio 2006, tomada como referencia para la
elaboración de la estructura que figura en el artículo 1º del presente
sufriera cambios en los cargos por otros actos administrativos durante el
período de tramitación de este Decreto, los mismos modificarán las
estructuras a que se refiere el antedicho artículo 1º.

Artículo 4

 La Contaduría General de la Nación ajustará los créditos presupuestarios
necesarios para la aplicación del presente Decreto. Los que no hubieran
sido utilizados serán reasignados al destino dispuesto por el artículo 150
de la Ley 16.736 en su redacción dada por el 99 de la Ley Nº 17.930 de 23
de diciembre de 2005, en un Objeto del gasto - Auxiliar específico que la
Contaduría General de la Nación definirá a esos efectos, para su posterior
asignación definitiva a las diferentes Unidades Ejecutoras del Inciso 04 -
Ministerio del Interior.

Artículo 5

 Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 6

 Publíquese, comuníquese al Departamento de Personal de Secretaría,
Contaduría de la Jefatura de Policía de Treinta y Tres y a la Contaduría
Central del Inciso 04 - Ministerio del Interior; cumplido archívese.

TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - DANILO ASTORI
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