REGLAMENTACION DE LA LEY 18.340, RELATIVA A ADMINISTRACION DE VIVIENDAS PARA JUBILADOS Y PENSIONISTAS DEL BPS. DETERMINACION DE ORGANISMOS COMPETENTES PARA SU DESARROLLO
Fíjase un plazo máximo de tres meses para llevar a cabo las tareas
materiales necesarias para que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente transfiera al Banco de Previsión Social, los
cometidos asignados por la ley 18.340 de 21 de agosto de 2008.