VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio 2020. CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen sin observaciones. ATENTO: A lo establecido en el Artículo 221 de la Constitución de la República. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA
Apruébense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 2020 de acuerdo con el siguiente detalle:
Concepto |
$ |
INGRESOS |
3.927.696.470 |
EGRESOS |
4.283.675.234 |
Egresos operativos |
3.807.398.930 |
Operaciones Financieras |
411.215.952 |
Inversiones |
65.060.352 |
SUPERAVIT |
-355.978.764 |
FINANCIAMIENTO |
355.978.764 |
Amortizaciones |
3.284.791.651 |
Colocación de Préstamos |
1.470.159.438 |
Variación Disponibilidades |
1.458.653.449 |
LACALLE POU, LUIS - IRENE MOREIRA - AZUCENA ARBELECHEAyuda