Las partidas presupuestales incluidas en los Objetos 141.000
"Combustibles derivados del petróleo", 148.000 "Compra de energía",
299.003 "Pago de leasing", 515.000 "Versión de Resultados"; 261.010 "
IMABA"; 261.021 "IRAE"; 261.030 "Impuesto al Patrimonio"; 262.040 "IVA
pagos DGI", 262.050 "IVA compras"; 263.010 "Tributos Municipales"; 263.020
"Tribunal de Cuentas"; 263.030 "Otros Tributos Nacionales "; 263.040
"Tributos Internacionales"; 799.000 "Penalizaciones URSEA "; Grupo 6
"Intereses y otros gastos de deuda" y Grupo 8 "Clasificación de
Aplicaciones Financieras", se consideran de carácter no limitativo y no
podrán ser utilizadas como reforzantes. El Organismo podrá adecuar el
monto de dicha partida a sus necesidades, dando cuenta a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.