APROBACION DE LA EJECUCION PRESUPUESTAL DE ANCAP. EJERCICIO 1981




Promulgación: 04/01/1984
Publicación: 03/02/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 20
   Visto: el estado de Ejecución Presupuestal de la Administración
Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland al 31 de diciembre de 1981.

   Considerando: I) Que alguna de las partidas del plan de inversiones del
Organismo autorizadas por los decreto 91/981, de 10 de marzo de 1981 y
676/981, del 30 de diciembre de 1981 y ajustadas por el decreto 476/981,
del 11 de setiembre de 1981 resultaron insuficientes para cubrir las
erogaciones producidas;

   II) Que asimismo el Organismo se excedió en la ejecución de determinadas partidas autorizadas por el decreto 433/981, de 24 de agosto de 1981 aprobatorio del Presupuesto Operativo 1981;

   III) Que el Organismo aportó las justificaciones de los desvíos;

   IV) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha
omitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen.

   Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República,

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la Ejecución Presupuestal 1981 de la Administración Nacional
de Combustibles, Alcohol y Portland de acuerdo con el detalle siguiente:
(*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

ALVAREZ - JUAN A. CHIARINO ROSSI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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