CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE PROPIETARIOS DE COLMENAS




Promulgación: 05/02/1997
Publicación: 18/02/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 235
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca llevará una ficha de
inscripción donde se documentarán los datos individuales del propietario y
la explotación.
 Esta Secretaría de Estado determinará la implementación y requisitos de
esta ficha, así como los procedimientos necesarios para su actualización.
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