CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE PROPIETARIOS DE COLMENAS




Promulgación: 05/02/1997
Publicación: 18/02/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 235
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   Junto con el registro y el otorgamiento del número de código se
proveerá un documento que acredite el nombre del propietario, su vigencia,
el domicilio, la marca otorgada y su número de documento de identidad. Se
deberá exhibir siempre que la autoridad lo solicite.
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