TRANSFERENCIA DE LA TOTALIDAD DE LA ASIGNACION DE BIENES, CREDITOS, OBLIGACIONES, RECURSOS Y CARGOS DEL AREA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR DE LA EX DIRECCION GENERAL DE COMERCIO, A LA DIRECCION GENERAL DE SECRETARIA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS




Promulgación: 16/11/2022
Publicación: 05/01/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 130 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021;

   RESULTANDO: I) que, el artículo 126 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021, suprimió la Unidad Ejecutora 014 "Dirección General de Comercio" en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", de la que era parte integrante el Área de Defensa del Consumidor;

   II) que, por el artículo citado en el VISTO del presente Decreto, se creó la Unidad Defensa del Consumidor como órgano desconcentrado del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", el que actuará con autonomía técnica, con todos los cometidos y atribuciones previstos en la Ley N° 17.250, de 11 de agosto de 2000, y modificativas;

   III) que, la totalidad de la asignación de bienes, créditos, obligaciones y recursos, así como los cargos del Área de Defensa del Consumidor de la ex Dirección General de Comercio, se transfieren de pleno derecho a la Unidad Defensa del Consumidor;

   IV) que, se dispone de un plazo de 180 (ciento ochenta) días a partir de la vigencia de Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021, para dictar la reglamentación;

   CONSIDERANDO: que, se cuenta con informe previo de la Oficina Nacional del Servicio Civil, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4°) del artículo 168 de la Constitución de la República y el artículo 130 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Transfiérense a la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", la totalidad de los bienes, créditos, obligaciones y recursos destinados al Área Defensa del Consumidor, de la ex Unidad Ejecutora 014 "Dirección General de Comercio", de acuerdo con los Anexo I, II y III,   que se detallan a continuación y que forman parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 400/022 de 
16/11/2022.
Ver en esta norma, artículo: 8 (vigencia).

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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