DEUDA PUBLICA - BONOS DEL TESORO. 33a. SERIE




Promulgación: 09/09/1993
Publicación: 20/09/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 245
Referencias a toda la norma
 Visto: la conveniencia de emitir una nueva Serie de Bonos del Tesoro.

 Considerando: lo dispuesto por la Ley Nº 16.225 de fecha 25 de octubre de
1991.

 Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay en su carácter de
Agente Financiero del Estado.

 El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

 Se autoriza al Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente
Financiero del Estado, a emitir hasta la suma de U$S 30:000.000,00
(treinta millones de dólares de los Estados Unidos de América) en títulos
denominados Bonos del Tesoro - Tasa de Interés Variable - 33ª Serie, a
diez años de plazo.
 El Banco Central del Uruguay establecerá el valor de las láminas en que
se dividirá la presente emisión. Dichos Bonos serán al portador y llevarán
las firmas impresas del Ministro de Economía y Finanzas, del Contador
General de la Nación y del Gerente General del Banco Central del Uruguay.
 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 4.

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