INCORPORACION DE EQUIPAMIENTO MEDICO DE ALTA COMPLEJIDAD Y/O COSTO




Promulgación: 29/08/1989
Publicación: 04/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 173
Referencias a toda la norma

CAPITULO V

Artículo 19

  Ante las solicitudes de recambio del equipamiento médico emplazado,
deberá explicitarse y documentarse, previa a toda autorización el destino
del equipo a sustituir.
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