Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
El informe deberá ser elevado a un "Tribunal de Calificaciones" que estará integrado por:
A) El director General de Secretaría del Ministerio; y
B) La totalidad de los Directores de las distintas Divisiones y Jefes de
las Asesorías.