DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROMOCION INDUSTRIAL. INCORPORACION DEL EQUIPAMIENTO DESTINADO A PERMITIR LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL A LOS MEDIOS
DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS
Será condición necesaria para que operen los beneficios fiscales a que
refiere al artículo anterior, que la importación sea realizada
directamente por la empresa transportista, y que el equipamiento cuente
con la conformidad técnica emitida por el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas.-